Vacunación Rabia

Para prevenir la aparición de casos de Rabia en personas, se estableció con carácter obligatorio la vacunación anual de rabia en los animales domésticos de hábitat humano, en concreto en las especies de perros, gatos y hurones, ubicados en la Región de Murcia.

Dicha vacunación ha de renovarse con una periodicidad de un año, para cualquier raza y peso y a partir de las siguientes edades:

  • 3 meses y medio en perros y hurones
  • 5 meses en gatos.
Con independencia de lo anterior,

Puntualmente deberá efectuarse un control veterinario oficial de aquellos animales que hayan causado lesiones a una persona o a otro animal, y que residan habitual o temporalmente en el municipio de Cartagena. En estos casos los Servicios veterinarios Municipales actuarán de oficio o cuando exista una denuncia.

Los propietarios de animales agresores están obligados a informar de los episodios de ataques acontecidos y a poner a disposición de las autoridades competentes los datos del animal que le sean requeridos. Para ello deben solicitar en el Centro Municipal de acogida de animales (CATAD) la observación antirrábica del animal mordedor, dentro del transcurso de las 48 horas siguientes a la mordedura.

La observación veterinaria oficial de los animales que hayan causado lesiones a personas o a otros animales se llevará a cabo en CATAD durante un periodo de 14 días.

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