Normativa

Normativa Municipal

Censo Municipal de animales de compañía

La inclusión en el registro es OBLIGATORIA para aquellos perros y gatos mayores de tres meses que residan en el Término Municipal de Cartagena.
El plazo para hacerlo es de un mes desde su adquisición, suponiendo la tenencia de animales no censados una infracción de la Ordenanza Municipal, que puede conllevar el pago de una sanción.

La inscripción es GRATUITA en las oficinas de CATAD, presentando el DNI del propietario y la cartilla sanitaria del animal con el microchip.

Es igualmente de obligado cumplimiento el comunicar al censo las bajas por muerte o desaparición del animal así como los cambios de propietario.

Normativa Estatal

Mapa optimizado por Google y condiciona su uso a la utilización de sus cookies y de terceros con fines analíticos y para mostrarte publicidad personalizada. Para aceptarlas y utilizar el mapa acceda a la Configuración de cookies y después vuelva aquí y actualice la página.

Los portales de internet del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena únicamente utilizan cookies propias con finalidad técnica, no recaban ni ceden datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento. Sin embargo, contienen enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas a las de dichos portales del ayuntamiento que usted podrá decidir si acepta o no cuando acceda a ellos.

Aceptar todas Rechazar todas Configurar