Normativa

Normativa Municipal

Censo Municipal de animales de compañía

La inclusión en el registro es OBLIGATORIA para aquellos perros y gatos mayores de tres meses que residan en el Término Municipal de Cartagena.
El plazo para hacerlo es de un mes desde su adquisición, suponiendo la tenencia de animales no censados una infracción de la Ordenanza Municipal, que puede conllevar el pago de una sanción.

La inscripción es GRATUITA en las oficinas de CATAD, presentando el DNI del propietario y la cartilla sanitaria del animal con el microchip.

Es igualmente de obligado cumplimiento el comunicar al censo las bajas por muerte o desaparición del animal así como los cambios de propietario.

Normativa Estatal

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